01/01/2013
Fecha de publicación en BOC: 0000-00-00
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Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7 de 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la "Tasa por el uso y utilización de las piscinas e instalaciones deportivas municipales" especificadas en las Tarifas contenidas en el artículo séptimo, regulándolo por la presente Ordenanza, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado RDL 2/2004 de Marzo.