25/01/2008
Los proyectos de urbanización tiene por objeto definir técnica y económicamente las obras necesarias para la ejecución material de las determinaciones del planeamiento urbanístico, conforme se detalla reglamentariamente.
PROYECTOS DE URBANIZACION
¿Qué es?
Los proyectos de urbanización tiene por objeto definir técnica y económicamente las obras necesarias para la ejecución material de las determinaciones del planeamiento urbanístico, conforme se detalla reglamentariamente.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona física o jurídica
Iniciación: de oficio o a instancia de parte.
Documentación necesaria:
Instancia a la que se acompañará el proyecto visado correspondiente.
Procedimiento de aprobación:
Artículo 95 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, y artículo 253 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004 de 29 de enero.
Aprobación Inicial
Aprobación definitiva
Nota: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 253.3) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, los proyectos de urbanización y de reparcelación no pueden entenderse aprobados por silencio sin la previa aprobación del proyecto de actuación. Tampoco pueden establecer determinaciones propias del planeamiento urbanístico ni modificar las que estén vigentes, sin perjuicio de las adaptaciones materiales exigidas por la realidad física de los terrenos, que no pueden producir variaciones de superficie superiores al 5%.