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Exención en el Pagos de la Tasa de basuras para Parados y Pensionistas.

06/01/2012

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De conformidad con lo previsto en la Ordenanza Fiscal de la Tasa de Recogida de Basuras para el 2012, los pensionistas, cuyos ingresos totales no superen en 1,10 veces el Salario Mínimo Interprofesional (705,54 euros), y los parados, cuando no perciban prestación económica por desempleo o subsidio de desempleo, estarán exentos en el pago de este tributo.

A efectos de poder disfrutar de este beneficio fiscal los pensionistas y parados que reúnan estos requisitos deben presentar la correspondiente solicitud según las siguientes condiciones:

 

Plazo: Del 1 de febrero al 31 de diciembre

Lugar: En el Servicio de Empleo del Ayuntamiento (Preguntar por la Agente de Empleo)

Horario: De 9.00 a 14 horas de Lunes a Viernes

 

NOTAS:

1.- A fin de evitar molestias a los solicitantes, los pensionistas y parados no deberán presentar ninguna documentación, pues el Ayuntamiento realizará las comprobaciones del cumplimiento del requisito del ingreso directamente ante los organismos pertinentes.

2.- La exención empezará aplicarse desde la fecha de realización de la solicitud.

 

 

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exencion, pagos, tasas, beneficio, fiscal,

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